El
tribunal, compuesto por cinco jueces, ha declarado culpable por
unanimidad a George W. Bush, ex presidente de Estados Unidos, y sus
colegas, en la sesión que dio comienzo el lunes en el Tribunal de
Crímenes de Guerra de Kuala Lumpur (Malasia).
Sobre
la acusación de crimen de tortura y crímenes de guerra, el tribunal ha
declarado a George W. Bush, ex presidente de Estados Unidos, y a sus
colegas Richard Cheney, ex vicepresidente de Estados Unidos; Donald
Rumsfeld, ex secretario de Defensa; Alberto Gonzales, ex consejero del
presidente Bush; David Addintong, abogado del vicepresidente, William
Haynes II, abogado del secretario de Defensa; Jay Bybee, asesor del
Fiscal general y John Chooj, viceasesor del Fiscal general, culpables de
crímenes de guerra por comisión de tortura, trato cruel, inhumano y
degradante en base a las denuncias por crímenes de guerra realizadas por
las víctimas.
Proceso judicial
A principios de semana, el tribunal escuchó los testimonios tres testigos [1]:
Abbas Abid, Moazzam Begg y Yamila Hamidi. Todos ellos relataron las
horrorosas torturas a las que se enfrentaron durante su encarcelamiento.
El tribunal escuchó igualmente otras dos declaraciones juradas, la de
Ali Salal, ciudadano iraquí, y la de Ruhel Ahmed, ciudadano británico.
Las
declaraciones demostraron que a Abbas Abid, de 48 años e ingeniero jefe
del Ministerio de Ciencia y Tecnología, le habían arrancado las uñas
con unos alicates. A Alí Shalal le ataron con un alambre electrificado,
le colgaron del techo y empezaron a darle descargar eléctricas. A
Moazzam Begg le dieron una paliza y le encerraron en una celda de
castigo. A Yamila lo desnudaron casi por completo y le vejaron y lo
utilizaron como escudo humano mientras lo transportaban en un
helicóptero. Todos estos testigos aún presentan restos de las heridas
que les fueron infligidas.
Esos
testigos fueron arrestados y encarcelados en prisiones de Afganistán
(Bagram), Iraq (Abú Ghraib y aeropuerto internacional de Bagdad) y a dos
de ellos, Moazzam Begg y Rhuhel Ahmed, los transportaron a Guantánamo.
En
el alegato que duró un día, la acusación demostró de manera
perfectamente articulada, cómo los máximos responsables, el presidente
Bush, el vicepresidente Cheney, el secretario de Defensa Rumsfeld,
ayudados y aconsejados por sus consejeros legales y otros altos
responsables de la CIA, actuaron todos a una. La tortura ha sido
aplicada de manera sistemática y se ha convertido en una norma aceptada.
De
acuerdo con la acusación, el testimonio de todos estos testigos
demuestra un comportamiento sistemático brutal, bárbaro y cruel contra
los testigos. Estos crímenes se cometieron para infligir el mayor dolor y
el máximo sufrimiento posible a las víctimas.
Tras el alegato de la Defensa de Amicus Curiae y la subsiguiente respuesta de la acusación, el tribunal por unanimidad sentenció que la acusación había establecido un prima facie case.
Tras
horas de deliberación, Tan Sri Dato Lamin bin Haji Mohd Yunus Lamin,
presidente del tribunal, dio lectura a la sentencia que recoge que la
acusación ha establecido, más allá de cualquier duda razonable, que las
personas acusadas, a saber: el ex presidente George Bush y los que
conspiraron con él en una red de instrucciones, memorándum, directivas y
acciones legales, establecieron un plan y un objetivo común, se unieron
en una empresa o conspiración común para cometer el crimen de tortura y
de crímenes de guerra, y no solo eso, sino que en relación con la
guerra contra el terrorismo y las guerras emprendidas por Estados Unidos
y otros países en Afganistán e Iraq se cometieron los siguientes
crímenes:
a) Tortura
b) Creación, autorización y ejecución de un régimen de trato cruel, inhumano y degradante
c) Violación de la legalidad internacional
d) Violación de la Convención contra la tortura de 1984
e) Violación de la III y IV Convención de Ginebra de 1949
f) Violación del Artículo 3 común de la Convención de Ginebra de 1949
g) Violación de la Declaración de Derechos Humanos de la carta de Naciones Unidas
El
tribunal considera que la acusación ha establecido, más allá de
cualquier duda razonable, que las personas acusadas son, de manera
individual y conjunta, culpables de todos los crímenes cometidos en la
consecución de su plan y objetivos comunes, de acuerdo con los
principios establecidos por el artículo 6 de la Carta del Tribunal
Internacional Militar (Carta de Nuremberg), el cual establece inter alia
que “[…] los dirigentes, organizadores, instigadores y cómplices que
participen en la formulación o ejecución de un plan o de una
conspiración común para cometer crímenes de guerra son responsables de
todos los actos llevados a cabo por cualquier persona para ejecutar
dicho plan.”
Naciones
Unidas ha adoptado como costumbre en la legalidad internacional los
principios de la Carta de Nuremberg y de la Decisión Nuremberg. El
gobierno de Estados Unidos está sujeto a la costumbre de la legalidad
internacional, a los principios de la Carta de Nuremberg y a la Decisión
Nuremberg.
El
tribunal ha considerado que la acusación ha establecido, más allá de
cualquier duda razonable, que los letrados acusados que dieron el
consejo de que “[…] las Convenciones de Ginebra no eran de aplicación
(en relación con los sospechosos de pertenecer a Al Qaeda y a los
detenidos talibanes); que no se produjeron hechos susceptibles de
denominarse tortura de acuerdo con la definición dada en la Convención
sobre la tortura, y que las técnicas de mejora de los interrogatorios
(tratamiento cruel inhumano y degradante) se permitían”.
La
acusación también ha establecido, más allá de cualquier duda razonable,
que los letrados acusados “[…] sabían perfectamente que su consejo
legal se utilizaría para actuar, y de hecho así sucedió, y tal consejo
legal estableció las bases para la violación de la legalidad
internacional, las Convenciones de Ginebra y la Convención sobre la
tortura.”
El
consejo legal aportado por los abogados acusados fue vinculante para
los acusados Bush, Rumsfeld y Cheney, cada uno de los cuales confió en
el consejo de sus abogados. Otros, como George Tenet, director de la
CIA, y Diane Beaver, responsable de Guantánamo, confiaron en el consejo
legal de los abogados acusados. La acusación ha establecido, más allá de
cualquier duda razonable, que los letrados acusados son responsables
criminalmente de sus actos por participar en una empresa criminal.
El
presidente indicó que el tribunal ordena que las reparaciones de guerra
sean acordes al daño y a las heridas irreparables, así como al dolor y
al sufrimiento denunciado y padecido por las víctimas de crímenes de
guerra, y que sean indemnizados como víctimas de crímenes de guerra.
Debido a que siempre está en la mente de los miembros de tribunal que
esta corte es un tribunal de conciencia sin poder real para hacer
cumplir la ley, el tribunal considera que en este caso los testigos son
sujetos ex justitia para el pago de las reparaciones por las ocho
personas acusadas y sus gobiernos.
El
tribunal desea que, equipados con las armas de los hechos demostrados
en este juicio, la voluntad de los testigos encuentre, en un futuro
próximo, un Estado o una entidad judicial internacional con capacidad y
voluntad para ejercer la jurisdicción e implementar el veredicto de este
tribunal contra las ocho personas acusadas y sus gobiernos. Las
reparaciones que el tribunal ha considerado deben remitirse a la
Comisión de crímenes de guerra para facilitar la determinación y el
total de las reparaciones que se han de entregar a las víctimas de estos
crímenes de guerra.
Recomendaciones del tribunal
El
presidente Lamin continuó: “[…] Como tribunal de conciencia, esta corte
es absolutamente consciente de que su veredicto es meramente
declaratorio en su misma naturaleza. El tribunal no tiene poder de
hacerlo cumplir, ni poder de imponer ninguna sentencia de privación de
libertad a ninguna de las ocho personas sentenciadas.
Lo
que sí puede hacer el tribunal, de acuerdo con el artículo 31 del
Capítulo VI, parte 2 de la Carta de Nuremberg es recomendar a la
Comisión de crímenes de guerra de Kuala Lumpur que remita los resultados
de este tribunal, junto con las grabaciones de todo el proceso judicial
al Fiscal jefe de la Corte Penal Internacional, así como al Consejo de
Seguridad de Naciones Unidas.
El
tribunal recomienda además a la Comisión de Crímenes de guerra de Kuala
Lumpur, que el nombre de las ocho personas condenadas se incluya en el
registro de criminales de guerra de la Comisión para ser debidamente
publicado.
El
tribunal igualmente recomienda a la Comisión de crímenes de guerra que
dé la mayor publicidad internacional a esta sentencia y a las
reparaciones, puesto que los crímenes cometidos son universales por lo
que es responsabilidad de todas las naciones establecer los mecanismos
para encausar a cualquiera de las ocho personas sentenciadas que entren
en sus jurisdicciones.
No hay comentarios:
Publicar un comentario